“Intención” no es realmente relevante.
Debe haber “expectativa razonable de privacidad”. Por lo tanto, en público o en la propiedad de otra persona es casi imposible tener una expectativa razonable de privacidad.
Por ejemplo, incluso en su propia propiedad, no tendría una expectativa razonable de privacidad justo al lado de una ventana abierta o incluso en su patio trasero.
Con el compañero de habitación entrando en el escenario de la ducha, tampoco tendría una expectativa razonable de privacidad porque probablemente no cerró la puerta. Si un extraño te atacara accidentalmente, podrían ser procesados por varias infracciones.
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Esta pregunta hace surgir dos preguntas difíciles pero separadas, la privacidad, que discutí, y la intención, que generalmente es irrelevante, excepto como una circunstancia atenuante. Por ejemplo, si caminas para dormir, eres legalmente responsable por cualquier daño o lesión causada durante tus viajes nocturnos. Por supuesto, en la sentencia, el juez tomaría en cuenta la naturaleza involuntaria del “crimen”, pero probablemente sería condenado. Sin embargo, hubo un caso reciente en el que un hombre que violó a su hijastra mientras dormía fue absuelto.