¿Qué derechos inalienables no están protegidos actualmente por el gobierno de los Estados Unidos?

Siento que como ciudadano estadounidense se me debe garantizar el derecho a la privacidad. Los padres fundadores no incluyeron este derecho en la Constitución.

La Constitución de los Estados Unidos no contiene ningún derecho expreso a la privacidad. La Declaración de Derechos, sin embargo, refleja la preocupación de James Madison y otros redactores para proteger aspectos específicos de la privacidad, como la privacidad de las creencias (1ª Enmienda), la privacidad del hogar contra las demandas de que se utilice para alojar soldados (3ª Enmienda ), la privacidad de la persona y las posesiones frente a búsquedas irrazonables (4ta Enmienda), y el privilegio de la 5ta Enmienda contra la autoincriminación, que protege la privacidad de la información personal. Además, la Novena Enmienda establece que la “enumeración de ciertos derechos” en la Carta de Derechos “no debe interpretarse como negación o desprestigio de otros derechos retenidos por el pueblo”. El significado de la Novena Enmienda es esquivo, pero algunas personas (incluido el Juez Goldberg en su concurrencia de Griswold ) han interpretado la Novena Enmienda como una justificación para leer ampliamente la Declaración de Derechos para proteger la privacidad de formas no específicamente establecidas en las primeras ocho enmiendas.

La cuestión de si la Constitución protege la privacidad de manera no prevista expresamente en la Carta de Derechos es controvertida. Muchos originalistas, incluido el más famoso juez Robert Bork en sus desafortunadas audiencias de confirmación de la Corte Suprema, han argumentado que no existe tal derecho general de privacidad. Sin embargo, la Corte Suprema, que comenzó en 1923 y continúa con sus decisiones recientes, ha leído ampliamente la garantía de “libertad” de la Decimocuarta Enmienda para garantizar un derecho de privacidad bastante amplio que abarca las decisiones sobre la crianza de los hijos, la procreación, matrimonio, y terminación de tratamiento medico. Las encuestas muestran que la mayoría de los estadounidenses apoyan esta lectura más amplia de la Constitución.

La Corte Suprema, en dos decisiones en la década de 1920, leyó la cláusula de libertad de la Enmienda Catorce para prohibir que los estados interfirieran con las decisiones privadas de educadores y padres para moldear la educación de los niños. En Meyer v Nebraska (1923), la Corte Suprema anuló una ley estatal que prohibía la enseñanza del alemán y otros idiomas extranjeros a los niños hasta el noveno grado. El estado argumentó que las lenguas extranjeras podrían llevar a inculcar en los estudiantes “ideas y sentimientos ajenos a los mejores intereses de este país”. Sin embargo, el Tribunal, en una decisión 7 a 2 escrita por el Juez McReynolds, concluyó que el estado no demostró una necesidad imperiosa de infringir los derechos de los padres y maestros para decidir qué curso de educación es mejor para los estudiantes jóvenes. El juez McReynolds escribió:

“Si bien este tribunal no ha intentado definir con exactitud la libertad así garantizada, el término ha recibido mucha consideración y algunas de las cosas incluidas se han declarado definitivamente. Sin duda, denota no solo la libertad de la restricción corporal sino también el derecho de la ley. individuo para contratar, para participar en cualquiera de las ocupaciones comunes de la vida, para adquirir conocimiento útil, para casarse, establecer un hogar y criar hijos, para adorar a Dios según los dictados de su propia conciencia, y en general para disfrutar de esos privilegios durante mucho tiempo reconocido en la ley común como esencial para la búsqueda ordenada de la felicidad por los hombres libres “.

Dos años después, en Pierce v Society of Sisters , la Corte aplicó los principios de Meyer para derribar una ley de Oregon que obligaba a todos los niños a asistir a escuelas públicas, una ley que habría cerrado efectivamente todas las escuelas parroquiales en el estado.

La doctrina de privacidad de la década de 1920 ganó una vida renovada en el Tribunal de Warren de la década de 1960 cuando, en Griswold v Connecticut (1965), el Tribunal anuló una ley estatal que prohibía la posesión, venta y distribución de anticonceptivos a las parejas casadas. Se ofrecieron diferentes justificaciones para la conclusión, que van desde la opinión de la Corte por parte del juez Douglas que vio las “penumbras” y “emanaciones” de varias garantías de la Declaración de Derechos como la creación de “una zona de privacidad”, hasta la confianza parcial del juez Goldberg en la referencia de la Novena Enmienda. a “otros derechos retenidos por el pueblo”, a la decisión del juez Harlan argumentando que la cláusula de libertad de la Decimocuarta Enmienda prohibía al estado involucrarse en una conducta (como la búsqueda de dormitorios maritales en busca de evidencia de anticonceptivos ilícitos) que era incompatible con un gobierno basado “en El concepto de libertad ordenada “.

En 1969, el Tribunal concluyó por unanimidad que el derecho de privacidad protegía el derecho de una persona a poseer y ver pornografía (incluida la pornografía que podría ser la base para un proceso penal contra su fabricante o distribuidor) en su propia casa. El juez Marshall escribió en Stanley v. Georgia, en apoyo a la decisión de la Corte tanto de la Primera como de la Cuarta Enmienda:

“Cualquiera que sea la justificación de otros estatutos que regulan la obscenidad, no creemos que alcancen la privacidad de la propia casa. Si la Primera Enmienda significa algo, significa que un Estado no tiene nada que decirle a un hombre, sentado solo en su propia casa. casa, qué libros puede leer o qué películas puede ver. Toda nuestra herencia constitucional se rebela ante la idea de darle al gobierno el poder de controlar la mente de los hombres “.

La Corte de Burger extendió el derecho de privacidad para incluir el derecho de una mujer a abortar en Roe v Wade (1972), pero a partir de entonces se resistió a varias invitaciones para ampliar el derecho. Kelley v Johnson (1976), en la cual el Tribunal confirmó un reglamento de aseo para los oficiales de policía, ilustra la tendencia hacia la limitación del alcance de la “zona de privacidad”. (La Corte dejó abierta, sin embargo, la cuestión de si el gobierno podría aplicar una ley de aseo personal a los miembros del público en general, que supuso que tendría algún tipo de interés de libertad en asuntos de apariencia personal). Sin embargo, algunos tribunales estatales no tan reacios a empujar la zona de privacidad hacia nuevas fronteras. La Corte Suprema de Alaska fue tan lejos en la dirección de proteger los derechos de privacidad como cualquier estado. En Ravin v State (1975), basándose en casos como Stanley y Griswold pero también basando su decisión en la protección más generosa de las protecciones de privacidad de la Constitución de Alaska, la Corte Suprema de Alaska encontró protección constitucional para el derecho de un ciudadano a poseer y usar Pequeñas cantidades de marihuana en su propia casa.

La Corte Suprema dijo en el caso de Moore v. East Cleveland en 1977 que “la Constitución protege la santidad de la familia precisamente porque la institución de la familia está profundamente arraigada en la historia y la tradición de la Nación”. Moore encontró protección de privacidad para la elección de arreglos de vivienda de una familia extendida, al anular una ordenanza de vivienda que prohibía a una abuela vivir junto con sus dos nietos. Escribiendo para la Corte, el juez Powell dijo: “La elección de los familiares en este grado de parentesco para vivir juntos no puede ser ligeramente negada por el estado”.

En décadas más recientes, el Tribunal reconoció en Cruzan v Missouri Department of Health (1990) que los individuos tienen un interés de libertad que incluye el derecho a tomar decisiones para terminar los tratamientos médicos que prolongan la vida (aunque el Tribunal aceptó que los estados pueden imponer ciertas condiciones). el ejercicio de ese derecho). En 2003, en Lawrence v Texas , la Corte Suprema, anulando una decisión anterior, encontró que Texas violó la cláusula de libertad de dos hombres homosexuales cuando impuso en su contra una ley estatal que prohibía la sodomía homosexual. Escribiendo para la Corte en Lawrence , el juez Kennedy reafirmó en términos generales la protección de la Constitución para la privacidad:

“Estos asuntos, que involucran las elecciones más íntimas y personales que una persona puede hacer en una vida, elecciones centrales para la dignidad personal y la autonomía, son fundamentales para la libertad protegida por la Decimocuarta Enmienda. En el corazón de la libertad está el derecho a definir la propia concepto de existencia, de significado, del universo y del misterio de la vida humana … Los peticionarios tienen derecho al respeto por sus vidas privadas. El Estado no puede degradar su existencia ni controlar su destino al convertir su conducta sexual privada en un crimen. Su derecho a la libertad en virtud de la cláusula del debido proceso les otorga el pleno derecho a participar en su conducta sin la intervención del gobierno. “Es una promesa de la Constitución que existe un ámbito de libertad personal en el que el gobierno no puede entrar”.

Una pregunta con la que el Tribunal ha luchado a través de sus decisiones de privacidad es qué tan fuertes deben ser los estados de interés que deben demostrar para superar las afirmaciones de los individuos de que han invadido un interés de libertad protegido. Las decisiones anteriores, como Griswold y Roe, sugirieron que los estados deben mostrar un interés convincente y medios ajustados específicamente cuando han cargado los derechos fundamentales de privacidad, pero los casos posteriores como Cruzan y Lawrence han sugerido que la carga sobre los estados no es tan alta.

El futuro de la protección de la privacidad sigue siendo una cuestión abierta. Los jueces Scalia y Thomas, por ejemplo, no están inclinados a proteger la privacidad más allá de los casos que presentan reclamos basados ​​en garantías específicas de la Carta de Derechos. Sin embargo, el público quiere una Constitución que llene los vacíos de privacidad e impida que un Congreso excesivo le diga a los estadounidenses quién debe casarse, cuántos hijos pueden tener o cuándo deben irse a dormir. La mejor opción es que el Tribunal continuará reconociendo la protección de un derecho general de privacidad.

¿Está protegido por la Constitución?

El derecho a ser quienes somos sin miedo ni vergüenza. Donde no tenemos control sobre nuestro ser, no debemos sufrir discriminación por ello.

Estamos avanzando en esto y ese progreso es bueno para ver. Sin embargo, todavía hay mucha discriminación por cosas que las personas no tienen control. Tal vez eso sea protección y simplemente necesitamos continuar haciendo el trabajo. No está terminado, y algunos de nosotros nos sentimos muy desprotegidos.

La privacidad fue citada por Cyndi Perlman Fink. Sí, eso no era parte de la Constitución y debería serlo. En este momento, la privacidad también está bajo una amenaza considerable. Convenido.

Este es el tipo de pregunta en la que se necesita un traje para materiales peligrosos, pinzas y un portapapeles para acercarse.

El portapapeles se debe a que debemos ser muy explícitos con las definiciones de los términos utilizados en esta pregunta.

“El gobierno de los Estados Unidos” es algo grande y heterogéneo, y muchas partes de él están en conflicto entre sí, a veces en el mismo tema, en cualquier momento.

Esto es, en parte, una característica (guste o no) del hecho de que los Estados Unidos son una federación de estados, y los gobiernos de esos estados no estarán de acuerdo, tanto entre sí como con el gobierno federal, de vez en cuando.

Sin embargo, cuando las personas hablan sobre el “gobierno de los Estados Unidos”, generalmente se refieren al gobierno federal, pero incluso entonces, sus muchos apéndices no siempre actúan en concierto. La mayoría de los estadounidenses recuerdan la parábola (algo inexacta) de la clase de historia en la que se supone que el presidente Andrew Jackson dijo: “[El Juez Supremo del Tribunal Supremo] John Marshall tomó su decisión; ¡ahora déjelo que la cumpla!” Como probablemente el ejemplo más colorido y rígido de esto. Cualquier “derecho” dado podría estar “protegido” en el sentido de que el gobierno lo aborda explícitamente, pero la aplicación de esa aplicación podría no estar a la altura de esa expectativa, como un ejemplo más general.

Las tenazas se deben a que tenemos que recoger estas cosas a una distancia cuidadosa y considerarlas de manera individual e imparcial sin estar demasiado atadas a ellas.

¿Qué es un “derecho inalienable”? Si el gobierno no lo está protegiendo, ¿en qué medida ese derecho es “inalienable”? (¿Hay derechos “alienables”, o este término significa simplemente “qué derechos no está protegiendo el gobierno, que debería”?)

¿Qué hace un derecho “inalienable”? ¿Debemos inferir que existen algunos derechos que son independientes del propio gobierno, que es tarea del gobierno identificar y proteger pero no determinar ? Si es así, ¿cómo podemos basar cualquier sistema legal en eso? ¿Cómo medimos hasta qué punto estamos definiendo un derecho, en lugar de simplemente reconocerlo? ¿Son los dos incluso diferentes?

El traje de materiales peligrosos se debe a que, mierda santa, este es un tema desordenado, y nunca dejará de serlo, y si no te preocupas por acercarte a él, te ensuciarás.

“Ensuciarse” puede o no ser aceptable aquí, solo digo que tenemos que ser sobrios sobre lo que nos estamos metiendo.

A riesgo de ser insatisfactorio, no creo que haya respuestas fijas y definidas a las preguntas anteriores. No creo que la cuestión de los derechos humanos sea una cuestión de “Solo necesitamos resolver la incertidumbre y descubrir cuál es la respuesta correcta”, de la misma manera que podríamos resolver un problema matemático en el que aún no sabemos todo variables, o la forma en que podríamos tratar de analizar una escena del crimen para saber qué cosa específica había sucedido realmente. Esta perspectiva asume que hay una respuesta correcta, ya sea que averigüemos o no lo que es, e independientemente de cuál sea nuestra situación cuando intentamos resolverlo.

Creo que es más exacto decir:

Hay respuestas correctas, pero dependen del contexto y los términos: la respuesta correcta se deriva de la situación; No existe separado de ello.

No creo que valga la pena (o sea útil) tratar de reducir la pregunta a los absolutos.

Dependiendo de la intención de esta pregunta, podría ofrecer diferentes respuestas.

Personalmente: no creo que existan “derechos inalienables” específicos que existan independientemente de los gobiernos. El gobierno no es el único árbitro de lo que es ético, pero tampoco hay una verdad ética objetiva que estamos esperando que Moisés nos entregue. De hecho, el concepto de “derecho” tiene poco significado fuera del contexto de los gobiernos.

Me gustaría intentar evitar el uso de “¡es un derecho inalienable!” Como justificación a priori para cualquier cosa. En su lugar, trato de centrarme específicamente en “¿Qué no está haciendo el gobierno que creo que debería ser, y por qué debería hacerlo?” – y apéguese a las razones de “por qué debería estar haciendo eso” que en realidad tiene alguna base en el propio gobierno.

Por ejemplo: podría decir que creo que tengo un derecho inalienable a casarme con un hombre adulto que no sea pariente directo, aunque también soy un hombre.

Esto no se debe a que creo que todos los seres humanos deberían tener acceso a esta institución cultural específica tal como existe en la actualidad, pero no creo que esta institución deba existir en un mundo más ideal.

Sin embargo, reconozco que mi país tiene derechos axiomáticos que prevalecen sobre todas las demás políticas gubernamentales. Desde mi entendimiento de nuestra Constitución y las opiniones actuales de la Corte Suprema sobre el tema, creo que la conclusión ineludible es que nuestro entendimiento actual de la Constitución reconoce que tengo ese derecho; en otras palabras, creo que esta conclusión es demostrable más coherente con el texto de la propia Constitución y con nuestra comprensión actual de su significado, tal como figura en el precedente legal y el estatuto.

En ese contexto, creo que mi derecho a casarme es “inalienable”, ya que no creo que el gobierno pueda contravenirlo éticamente de acuerdo con las reglas de nuestro gobierno.

No puedo decir si fue o no un “derecho inalienable” en un sentido más amplio.

Como un aparte:

Creo que el concepto de un “derecho inalienable” es un concepto algo estadounidense (aunque de ninguna manera necesariamente se originó dentro de los Estados Unidos, ni es exclusivo de ellos).

Resulta que Estados Unidos es el ejemplo más exitoso, influyente y posiblemente más antiguo de un gobierno constitucional no monárquico.

En otras palabras: nuestro gobierno tiene un documento que es la ley suprema (aunque no lo abarca todo) de la tierra. Su texto es axiomáticamente verdadero , y por lo tanto no hay manera de anularlo legalmente; solo hay formas de modificarlo legalmente, y éstas se especifican cuidadosamente, al igual que las formas de interpretarlo en casos de disputa.

Si bien hay gobiernos estatales separados, no pueden contravenir la Constitución federal.

Y aunque el gobierno federal tiene un poder tremendo, tampoco puede contravenir la Constitución.

Por lo tanto, en los EE. UU. Hay “derechos inalienables” en un sentido muy práctico: hay cosas que se llaman “derechos” en un documento que tiene prioridad sobre todo lo demás en nuestro gobierno.

No todos los países se fundaron con una Carta de Derechos explícita y un medio para enmendarlos que ha perdurado desde la formación del gobierno, sin embargo, y el federalismo constitucional (o la democracia constitucional, en general) no es necesariamente el único enfoque correcto del gobierno ético .

Entonces, si bien el término “derecho inalienable” tiene algún equipaje específicamente estadounidense, no sé cuál sería su significado general y no específico.

¿Por el Gobierno?

  • El derecho a la libertad de expresión (zonas de libertad de expresión)
  • El derecho a estar seguro en nuestras personas y papeles.
  • El derecho al debido proceso.
  • El derecho a un juicio rápido y público.
  • El derecho de confrontar a los testigos.
  • El derecho a una fianza razonable.

¿Por la Constitución?

  • El derecho a la privacidad